Los perros y gatos deben someterse a cuarentena cuando van a ser exportados a Japón de conformidad con la Ley de Prevención de la Rabia (en el caso de los perros, también por la Ley de Control de Enfermedades Infecciosas en Animales Domésticos). El periodo de cuarentena tendrá una duración máxima de 12 horas siempre que hayan cumplido los siguientes criterios (en caso contrario, el periodo de cuarentena se alargará todo el tiempo que sea preciso hasta un máximo de 180 días):
- Implantación de un microchip que cumpla las normas ISO 11784 y 11785. El número de microchip debe indicarse en la certificación expedida por el organismo competente del estado del país exportador.
- Vacunación contra la rabia tras la implantación del microchip. Se debe administrar la vacuna contra la rabia 2 o más veces (vacuna inactivada). Los animales deben tener al menos 91 días de edad en el momento de la vacunación, y la segunda inoculación se realizará una vez hayan pasado más de 31 días desde la primera y dentro del periodo de efectividad de la inmunización. Si la fecha de llegada es posterior al periodo de inmunización, de debe realizar una vacunación de recuerdo.
- Pruebas serológicas de anticuerpos neutralizantes del virus de la rabia. La muestra de sangre se tomará dentro del plazo de efectividad de la última inoculación y se enviará a un laboratorio designado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Política Forestal de Japón. El título de anticuerpos debe ser igual o superior a 0,5 UI/ml, y el resultado de la prueba será válido durante dos años desde el momento que se toma la muestra de sangre. La fecha de toma de la muestra así como el resultado de los análisis se indicarán en el certificado expedido por el organismo competente del estado del país exportador.
- Se recomienda que los animales lleguen a Japón una vez hayan transcurrido más de 180 días y menos de 2 años desde la fecha en que se realizó la toma de la muestra de sangre.
- Se debe remitir un aviso (mediante fax o correo) a la estación de cuarentena animal que tenga jurisdicción sobre aeropuerto o puerto marítimo relativo a la llegada prevista del animal al menos 40 días antes de la llegada del avión o barco que traslade al animal. En el caso de los perros se trata de un “Aviso de inspección de perros para la importación”, mientras que en los gatos “Aviso de importación de animales de conformidad con la Ley de Prevención de la Rabia.
- Al recibir el aviso, la estación de cuarentena animal entregará al importador una autorización de inspección de animales importados mediante fax, correo electrónico o correo convencional. El número de recibo y la autorización de inspección serán necesarios en el momento de producirse la importación.
- Inspección clínica del animal por un veterinario, dos días o menos de dos días antes de embarcar, con el objeto de confirmar que no sufre y que no hay sospecha de que sufra la rabia (en el caso de perros, la rabia y la leptospirosis).
- Obtención de un certificado de salud del organismo estatal competente del país exportador. Este certificado debe ser presentado en la estación de cuarentena animal al llegar a Japón. Si el certificado ha sido firmado por un veterinario privado, necesita ser refrendado por el organismo estatal competente del país exportador. Se recomienda utilizar los impresos de certificación recomendados por Japón. La información mínima incluida en esta certificación es: número de microchip, vacunas contra la rabia, resultados de las pruebas serológicas, declaración veterinaria de que el animal no está infectado y no presenta sospecha de estar infectado con la rabia y vacunaciones (diferentes de la rabia) y tratamientos antiparasitarios realizados al animal.
Tratamientos y medidas recomendadas:
- Vacunación de los animales que tengan 91 días de edad o más en el plazo de 30 días antes de su llegada a Japón frente a:
- Perros: moquillo, hepatitis contagiosa (adenovirus tipo II), vacuna trivalente frente
a la enfermedad infecciosa por parvovirus.
- Gatos: vacuna trivalente (panleucopenia, rinotraqueitis viral felina, calicivirus
felino).
En el caso de animales menores de 91 días de edad, consultar con un veterinario.
- Tratamiento antiparasitario, como máximo cuatro días antes de embarcar.
- Parásitos externos: medicamentos frente a pulgas y ácaros y realizar una inspección clínica en el momento de la exportación para confirmar que está libre de parásitos.
- Parásitos internos: medicamentos frente a nematodos y tenias.
- Contenedores para el transporte: colocar el animal en una caja de transporte individual que cumpla las normas de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo. El animal debe poder permanecer incorporado, sentado, tumbado, darse la vuelta, así como de que el contenedor contenga suficientes aperturas para permitir la circulación del aire pero que no le permita introducir el morro o las patas.
- Ponerse en contacto con la instalación prevista de cuarentena animal entre 1 y 4 días antes de la llegada del animal a Japón, mediante teléfono, fax o correo electrónico para proporcionarle el número de recibo del aviso previo, el puerto o aeropuerto de llegada, el número de vuelo o barco y la hora prevista de llegada.
- Se recomienda que los siguientes animales no sean exportados: animales viejos y crías débiles, animales gestantes y lactantes y animales con un gran historial de enfermedades, que estén recibiendo medicación (salvo medicación frente a parásitos) o que estén heridos.
Cuando el animal llega a Japón, el importador debe presentar el impreso de solicitud de inspección de importación ante la estación de cuarentena y el animal se someterá a cuarentena de importación. Además, se debe presentar el certificado expedido por el organismo estatal del país exportador y demás documentos pertinentes. El animal se mantendrá aislado de otros animales y será sometido a inspección para confirmar que está libre de rabia.
El importador se hará cargo de todos los gastos asociados para permitir la exportación de perros y gatos a Japón.
Se puede encontrar información adicional en la página web: http://www.maff.go.jp
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