En España no existe una normativa específica sobre el transporte de animales de compañía en barcos de pasajeros, por lo tanto, cada compañía decide sus condiciones.
A modo general, se suelen establecer estas normas mínimas:
Hay navieras que permiten contratar viajes con zonas de paseo habilitadas y otras que ponen límites según la especie de animal. A pesar de la normativa europea es imprescindicle asegurarse siempre de las condiciones que tienen en la compañía escogida.
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